Ante las declaraciones emitidas por el Seremi de Salud de Tarapacá en el programa “La  Mañana por Paulina” este jueves 29 de septiembre, respecto al uso de mascarillas en  farmacias, el Colegio de Químicos Farmacéuticos y Bioquímicos de Chile aclara lo siguiente: 

1. Las farmacias son centros de salud. Conforme al Artículo 129º del Código  Sanitario: “Las farmacias son centros de salud, esto es, lugares en los cuales se  realizan acciones sanitarias y, en tal carácter, cooperarán con el fin de garantizar el  uso racional de los medicamentos en la atención de salud. Serán dirigidas por un  químico farmacéutico y contarán con un petitorio mínimo de medicamentos para  contribuir a las labores de farmacovigilancia”. 

2. A las farmacias acuden recurrentemente personas con sintomatología  respiratoria, que ameritan la sospecha de COVID-19 y el autotesteo. Esto último  está siendo promovido por el propio Ministerio de Salud en su campaña “Antígeno en  3 pasos”. 

3. Durante la pandemia por COVID-19, las farmacias han tenido un rol importante  orientando a los pacientes y como canal de dispensación de tratamientos  crónicos, urgentes o sujetos a garantías GES. 

4. A juicio de la Orden Profesional, en el contexto actual ha quedado en evidencia la  necesidad que el sistema de salud aborde los desafíos sanitarios en forma coordinada  y eficiente. En tal sentido, las farmacias como centros de salud, tienen un enorme  potencial asumiendo un rol colaborador con las políticas de prevención y  recuperación de la salud

5. La farmacia es inseparable del farmacéutico como profesional sanitario, que ofrece  servicios sanitarios a la población. Los Servicios Farmacéuticos son acciones  sanitarias vinculadas tanto al profesional como al establecimiento, entre los cuales  se pueden mencionar la atención farmacéutica, seguimiento terapéutico, conserjería 

y farmacovigilancia, tal y como se estipula en la legislación vigente.

6. Los servicios han sido definidos por organismos internacionales como la  Federación Internacional Farmacéutica y la OPS/OMS (FIP, 2012). A nivel nacional  también han sido abordados en la en la Norma General Técnica Nº 12 “Sobre la  organización y funcionamiento de la atención farmacéutica en la atención primaria  de salud”. 

7. Estos servicios profesionales constituyen un derecho, que debe ser garantizado al  usuario en todo establecimiento de farmacia, tanto público como privado, y en  todos los niveles de atención del sistema de salud. 

8. Nuestro Colegio estima que las farmacias debiesen identificarse como prestador  GES y, por ende, estar abierto a la revisión periódica de estándares y acreditación  por la Superintendencia de Salud, afecto a la garantía de calidad de la ley. 

9. El Colegio Farmacéutico llama a las autoridades sanitarias a privilegiar la función  sanitaria de las farmacias por sobre su dimensión económica, colocando al  paciente en el centro de los servicios que ofrece y promoviendo el autocuidado  mediante el uso de mascarillas en ellas. Se requiere una reestructuración del modelo  desde el retail farmacéutico hacia un modelo de servicios farmacéuticos, que acredite  calidad y con enfoque comunitario, donde el profesional Químico Farmacéutico sea el  actor y garante del éxito de la farmacoterapia. 

10. Las Seremis de Salud y el Instituto de Salud Pública, en su rol fiscalizador y como  Autoridad Sanitaria, requieren de los recursos humanos necesarios para realizar las  gestiones que la normativa y la ciudadanía demandan. Instamos al fortalecimiento  de estas instituciones, para consolidar a la farmacia como un centro de salud y su rol  sanitario en acceder a medicamentos y servicios farmacéuticos de calidad, seguros y  eficaces. 

Colegio de Químico-Farmacéuticos y Bioquímicos de Chile